Colegiación
¿Cómo ingresar al Colegio?
La colegiación es un requisito compulsorio, de acuerdo a la Ley Núm. 160 de 16 de agosto de 2006, según enmendada, para todo profesional a quien se le confiera la licencia por la Junta Examinadora de Consejeros en Rehabilitación, según dispuesto en el Artículo 9 de la Ley Núm. 58 de 27 de mayo de 1976, según enmendada. Esto conlleva también requisito obligatorio y compulsorio del pago de cuotas de colegiación para poder mantener la licencia. A partir del 29 de marzo de 2009, para poder renovar y registrar la licencia será necesario presentar evidencia de colegiación, ya que la Ley dispone que ninguna persona que no sea miembro del Colegio pueda ejercer como Consejero/a en Rehabilitación.
No obstante, todo colegiado o colegiada que cese en el ejercicio activo de la Consejería en Rehabilitación en Puerto Rico para dedicarse a otras actividades o para ausentarse de Puerto Rico o con la intención de retirarse definitivamente del ejercicio de la profesión, podrá continuar siendo miembro del Colegio o darse de baja mediante solicitud jurada al efecto presentada a la Junta Directiva. El que se acoja a esta última opción no tendrá que pagar la cuota de colegiación durante el período de inactividad voluntaria, pero no tendrá beneficios del Colegio y tampoco podrá ejercer la Consejería en Rehabilitación en Puerto Rico.
Como parte del proceso de ingreso al Colegio es necesario completar el documento de Historial de Datos Personales y Profesionales. Enviar el mismo al Colegio a la dirección postal: P.O. Box 194329, San Juan, Puerto Rico 00919-4329, acompañado con copia de la licencia y de la tarjeta o documento de Certificación y Registro que emite la Oficina de Reglamentación y Certificación de los Profesionales de la Salud del Departamento de Salud. Además, con el pago de cuota correspondiente, equivalente a $120.00 anuales.
La información que se recopile en el historial es para uso oficial del Colegio. Se usará para propósitos educativos o estadísticos; no será reproducida ni facilitada a terceros; se garantiza la confidencialidad de los datos y el uso de ésta no afectará los derechos y beneficios de los colegiados.
Historial de Datos Personales y Profesionales